Las 11 medidas aprobadas para el crecimiento y creación de empleo

             MedidasTeniendo en cuenta el elevado porcentaje de desempleo juvenil en el que estamos inmersos, se hacía necesario que se tomaran medidas para bajar estas tasas y ayuda a la inserción en el mercado laboral de la población juvenil. Por ello, el pasado viernes el Gobierno ha aprobado por medio del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, un paquete de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, con el objetivo de incentivar la contratación de menores de 30 años principalmente, en el que te resumimos a continuación:

1.- Cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (=RETA), sin trabajadores a cargo:

 a) Jóvenes menores de 30 años con inicio de actividad:

  • 50 €/mes pago cotización de autónomos durante los 6 primeros meses (0 al 6º mes).
  • Reducción del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes (7º al 12º mes).
  • Reducción del 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes (13º al 15º mes).
  • Bonificación del 30% de la cuota durante los 15 meses siguientes (16º al 30º mes).

b)      Discapacitados:

– Menores de 35 años, que en los 5 años anteriores no hubieran estado dados de alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar:

  • 50 €/mes pago cotización de autónomos durante los 12 primeros meses (0 a 12 meses).
  • Bonificación del 50% de la cuota durante los 4 años siguientes (2º al 5º año).

– Del resto:

  • Bonificación del 50% en la base mínima de cotización, menos en la incapacidad temporal, durante 5 años.

2.- Compatibilización  a los menores de 30 años, sin trabajadores a su cargo y tras la solicitud de la misma a la Entidad Gestora dentro del plazo de 15 días al inicio de la actividad, al cobro de la prestación de desempleo durante un máximo de 9 meses con estar dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

3.- Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años, podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre que tenga una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido. O se podrá solicitar la capitalización de la prestación por desempleo para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.

4.- A los menores de 30 años, si pasado 5 años del inicio de actividad quiere darse de baja, podrá reanudar su prestación por desempleo por el tiempo que le quede hasta su finalización.

5.- Portal único de empleo en el que se recoja toda la información y orientación necesaria para la búsqueda de empleo de los jóvenes o el inicio de actividades por cuenta propia.

6.-  Impulso a las Comunidades Autónomas para la intermediación público-privada.

7.- Bonificaciones  a la contratación jóvenes (< de 30 años):

  • Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la por la incorporación como socios trabajadores en cooperativas y en sociedades laborales.
  •  Bonificación de la cuota empresarial durante 3 años (800€/año) por la contratación de desempleados jóvenes menores de 30 años y en riesgo de exclusión social a través de las empresas de inserción.

8.- Se habilita a las ETT a poder realizar los contratos de formación y aprendizaje.

9.- Hasta que la tasa de paro no esté por debajo del 15%:  Si se contrata a un desempleado de larga duración igual o mayor de 45 años que tenga la experiencia necesaria para la actividad (llamado contrato “Generaciones”), por medio de un emprendedor menor de 30 años, se le dará un  incentivo consiste en una reducción de la cuota de la empresa ala Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante el primer año de contrato.

10.- Incentivos a la contratación de los jóvenes menores de 30 años hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%:

  • En empresas de más de 250 trabajadores, la educción de la cuota de la empresa a la Seguridad Socialen un 75% y del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa de jóvenes sin experiencia laboral, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o sean desempleados desde hace más de 12 meses.
  • Los autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores se beneficiarán de una reducción del 100% de la cuota de la empresa ala Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando contraten de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años.
  •  Contrato “primer empleo joven”:  contratación temporal (mínimo 3 meses máximo 6 prorrogable con Convenio si se señala  de un máximo de 12 meses) a menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional o que sea inferior a 3 meses, con incentivos a su trasformación en indefinido (bonificación de 500 euros/año durante de 3 años o 700 euros si se suscribe con mujeres) siempre que su jornada sea al menos del 50% de un trabajador a tiempo completo comparable.
  • Se incentiva el contrato en prácticas para el primer empleo, con el fin de que los jóvenes que han terminado su periodo formativo, puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. Se establecerá una reducción de la cuota de la empresa ala Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%.

11.- Apoyos fiscales a los emprendedores:

  • Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (base comprendida entre 0 y 300.000 €) y del 20% (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
  • Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.y Fomento del autoempleo en régimen de autónomos.
  • Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€).

Vanesa Peñuelas

Tuexpertolaboral

25 de Febrero de 2013

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